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Recomendaciones sobre declaración de intereses en actividades científicas. Documento elaborado por la Sociedad de Reumatología de la Comunidad de Madrid (SORCOM). Madrid, octubre de 2006. La SORCOM, a instancias de sus socios, ha realizado el siguiente documento, en el que se recomienda la declaración de posibles conflictos de intereses en todas sus actividades científicas, en defensa del derecho que tanto médicos como pacientes tenemos a una información científica con la máxima transparencia posible. Se considera que existe un conflicto de intereses cuando las decisiones de un profesional respecto a un foco primario de interés (el bienestar de los pacientes o la transmisión de información científica de forma objetiva) pueden verse influenciadas por un segundo foco de interés (no solo un posible beneficio económico, sino también un posicionamiento ideológico u otros intereses personales o profesionales). El ámbito sanitario proporciona un marco en el que esta situación se produce de forma extremadamente compleja ya que interaccionan cuatro focos principales de interés: - el proveedor (público o privado) de la atención sanitaria, cuyo principal interés debe ser proporcionar una asistencia sanitaria equitativa al conjunto de sus pacientes. - el paciente (como individuo o como asociaciones), cuyo principal interés es su propio beneficio. - Las empresas proveedoras de material sanitario (terapéutico, diagnóstico, etc.), cuyo principal interés debe ser incrementar su cuota de mercado con productos de la mejor calidad. - el médico, como administrador de atención sanitaria del sistema, que, además de su interés primordial, proporcionar la mejor atención a sus pacientes, puede tener otros intereses muy variados (de prestigio, económicos, políticos, etc).
En este contexto, una de las principales fuentes de conflictos de intereses, que no tienen por qué ser ilícitos, es la necesaria cooperación entre la investigación científica y el sector productivo, una relación cuyo fomento constituye uno de los ejes básicos de la política científica contemporánea. Tanto es así, que algunas áreas de progreso en medicina no existirían, ni seguirían desarrollándose, si no fuera por la financiación directa del sector industrial. En esta situación, asumida por médicos y administraciones sanitarias, no debemos ignorar que junto a beneficios indiscutibles deben afrontarse riesgos simultáneos. En lo que atañe a la SORCOM, estos riesgos se pueden relacionar con el hecho de que las sociedades científicas por medio de sus comités de expertos, publicaciones y actos científicos tienen una poderosa influencia en el proceso de toma de decisiones médicas. A su vez, las sociedades científicas, como organizaciones, y sus miembros, como individuos, están expuestos a influencias y condicionamientos procedentes del sistema sanitario, de los proveedores y, en menor medida, de los pacientes. La SORCOM, en aras de la necesaria ética y transparencia que debe regir los objetivos y el funcionamiento de una sociedad científica, ha elaborado una lista de situaciones en las que se considera que pudiera existir un conflicto de intereses. Ante la ausencia de unos límites económicos ya predeterminados como éticamente admisibles, hemos intentado establecer unos valores intermedios entre aquellos que defienden que ningún valor es éticamente admisible (definida por algunos autores como “tolerancia cero”) y los que consideran que el propio médico o investigador debe decidir si existe un conflicto de intereses en base a sus valores éticos. La SORCOM recomienda a todos aquellos médicos responsables de la difusión de información científica (ponentes en congresos o reuniones científicas, miembros de juntas de sociedades científicas, miembros de comités o grupos de consensos, autores de guías clínicas y publicaciones, entre otras), que realicen una declaración de conflicto de intereses si en los últimos 5 años se ha encontrado en alguna de las situaciones siguientes: - Poseer acciones o cualquier otro activo financiero, en cuantía superior a 25.000,00€ (a nivel individual) ó 40.000,00€ (unidad familiar), de empresas que puedan beneficiarse o verse perjudicadas por la información que aporta. - Poseer patentes relacionadas con el contenido de su contribución científica. - Pertenecer al comité de asesoramiento de empresas que puedan verse beneficiadas por los datos que aporta. También debería comunicarse en caso de que los datos expuestos puedan perjudicar a otras empresas de la competencia. - Pertenecer a comités de asesoramiento de asociaciones de pacientes. - Pertenecer a comités de asesoramiento de organismos oficiales. - Ser ponente en conferencias patrocinadas por empresas que puedan verse beneficiadas o perjudicadas por la información que pueda proporcionar (remuneración anual por este concepto superior a 6.000,00€). - Haber estado empleado, en los últimos 5 años, en una o varias empresas que puedan verse beneficiadas o perjudicadas por la información proporcionada. - Haber recibido, de fuentes públicas o privadas, financiación para la realización del trabajo del que se deriva la información aportada. - Tener algún otro posible conflicto de interés no económico (político, religioso, personal, etc) que pueda influir en la información proporcionada. Por último, la SORCOM recomienda, en caso de que el autor no manifieste ningún posible conflicto de intereses relacionada con su aportación científica, que lo haga constar con la siguiente frase: “No se han declarado conflictos de intereses”. |